En vigor nueva Ley Hipotecaria
{mosimage}El pasado 8 de diciembre se publicó en el B.O.E. la nueva LEY DE REFORMA DEL MERCADO HIPOTECARIO (Ley 41/2007 de 7 diciembre 2007). En los próximos meses veremos las consecuencias de la aplicación de la nueva legislación. Un aspecto importante a tener en cuenta es que el texto regula e incrementa la transparencia en la contratación de créditos y préstamos hipotecarios, con el fin de mejorar la protección de los prestatarios, dándoles más datos sobre el riesgo real que corren al firmar una hipoteca.
En el capítulo de la rebaja de costes, se flexibilizan las condiciones para cambiar o cancelar, total o parcialmente, los préstamos. Además de una reducción de los aranceles minutados por los notarios. A partir de la entrada en vigor de la Ley, la penalización máxima por cancelación anticipada será del 0.25% siempre que el pago se produzca, al menos, cinco años después de su firma. Para el resto de cancelaciones anticipadas, esta comisión pasa del 1% actual al 0,5%, y lo mismo ocurre para la subrogaciones en las hipotecas que el tipo de interés sea variable.
Para las de tipo fijo, el porcentaje de comisión por cancelación anticipada, las entidades financieras podrán aplicar libremente el tipo de penalización siempre y cuando concurran una serie de circunstancias.
Se regula también la llamada “hipoteca inversa”, donde el cliente cobra una cuota a lo largo de un periodo de tiempo dependiendo del valor del inmueble hipotecado. Los ingresos obtenidos a través de esta figura, que se canalicen en la constitución de un plan de previsión asegurado, tendrán una reducción fiscal en el IRPF, sobre la base imponible hasta el límite de 10.000 Euros.
Bienvenida sea esta ley que, sin duda alguna, flexibilizará y agilizará el mercado hipotecario, incrementado la competencia entre las entidades financieras, beneficiándonos a todos, ya que tendremos menos costes legales y mejores opciones para cambiar.
Pere Picó Arguedas
Agente Bankinter – Castelldefels