Los Corcuera de Castelldefels
El pasado 25 de junio fue aprobada provisionalmente la Ordenanza de Civismo por el Pleno Ordinario del Ayuntamiento. La Ordenanza, en líneas generales, es buena y necesaria, pero a algunos de nuestros queridos concejales se les ha escapado un gazapo. En el Art. 27.9, referente a los ruidos molestos, se dice imperativamente “que la persona responsable del foco de ruido molesto tendrá que permitir el acceso a la vivienda o local al personal acreditado del Ayuntamiento”. La Constitución, de la que nos dotamos entre todos, consagra la inviolabilidad del domicilio, exceptuando orden judicial o flagrante delito. Parece ser que estos señores aún no se han enterado. ¿Cómo es posible? Se da además la circunstancia de que solamente se abstuvieron ERC y AVVIC. Los que menos medios técnicos se supone que tienen, pero al parecer los más enterados de la legislación. En el Pleno se llegó a decir que “¿Cómo no se iba a aprobar una Ordenanza sólo por un artículo?”. Yo me pregunto: ¿aprobarían una ley que contuviera algún apartado que permitiera la pena de muerte o prohibiera trabajar a las mujeres o discriminara al colectivo gay? ¿Por qué no la iban a aprobar sólo por un artículo? Aunque una Ordenanza es el último eslabón normativo, yo les rogaría un poquito de seriedad y que no expongan al personal municipal a la comisión de delitos. De todas formas, al ser órdenes ilegales no estarían obligados a cumplirlas. Espero de nuestro Pleno Municipal, cuando se someta a la aprobación definitiva, corrijan tanto ésta como alguna que otra deficiencia, o si no que voten en contra. De verdad, espero de ustedes que obren con cordura.
Jerónimo Utrilla
experto en temas legales