Modificación en la deducción por vivienda habitual

Modificación en la deducción por vivienda habitual

{mosimage}Como todos conocemos, la mayor deducción en el impuesto sobre la renta de las personas físicas es la deducción por vivienda habitual, la cual corresponde al 15% de las cantidades destinadas a la adquisición de vivienda con un límite de 9.015,-euros anuales, permitiendo de esta manera que muchas de las declaraciones salgan a devolver. A partir del proyecto de ley de Economía Sostenible presentado por el Gobierno, esta deducción se verá modificada a partir de enero del 2011 para aquellos contribuyentes que compren la vivienda a partir de dicho año. Para los contribuyentes que la adquirieron con anterioridad, en principio no verán afectada su declaración de la renta. Lo que sí cambia es el límite deducible que ahora pasa a ser de 9.040-, euros.

El proyecto de ley en su artículo 113 modifica el artículo 68 en su apartado 1 sobre deducción en vivienda habitual. Según dicho artículo, la deducción quedaría de la siguiente manera:

– Los contribuyentes podrán deducirse las cantidades satisfechas en el período de que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya la residencia habitual dependiendo de su base imponible.

Se establece un tope de 24.107,20 euros de base imponible para poderse aplicar la deducción. La deducción para bases imponibles inferiores a este límite será del 7,5% de las cantidades satisfechas. Los contribuyentes que depositen cantidades en entidades de crédito, en cuentas que cumplan los requisitos de formalización  y cuyo destino vaya a ser la primera adquisición, también se podrán aplicar esta deducción siempre y cuando no superen el límite.

De la ley se desprende que los únicos contribuyentes que no cambian su tributación son los que tienen una base imponible inferior a 17.707,20 euros, para después ir disminuyendo hasta la total eliminación en el límite expuesto anteriormente.

Marta Cortés Alaiza
Economista – Asesora fiscal y contable