Una pensión a la viuda de un trabajador por inhalar amianto

El juez concede una pensión a la viuda de un trabajador fallecido por inhalar amianto

El Juzgado Social número 18 de Barcelona ha reconocido en una sentencia que la muerte por cáncer de lengua en 1987 de un trabajador de la empresa Rocalla S.A., ubicada en Castelldefels (Barcelona), se debió a la inhalación continuada de polvo de amianto, por lo que ha concedido a su viuda la pensión correspondiente.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press mediante el Colectivo Ronda –que ha defendido el recurso interpuesto por la mujer–, señala que el cáncer de lengua se relaciona habitualmente con el consumo excesivo de tabaco y alcohol, así como la irritación mecánica crónica, pero que en el caso del fallecido no existe "ninguna constancia" de que la enfermedad estuviera provocada por estas causas.

En cambio, indica que el fallecimiento, cerca de un año después de la detección del cáncer y tras aplicar sesiones de quimioterapia y radioterapia que no dieron resultado, "fue originado por la larga exposición e inhalación de polvo de amianto en el trabajo", y por tanto la muerte se deriva de una "enfermedad profesional".

El Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Mutua Intercomarcal, la Mutua Mutual Midat Cyclps y la empresa Uralita S.A. –que absorbió Rocalla–, habían solicitado la denegación de la solicitud de pensión de viudedad por entender que el cáncer de boca no está contemplado como una enfermedad profesional.

El juez, en cambio, en aplicación de jurisprudencia similar dictada por el Tribunal Supremo en 2006 y 2008, da la razón a la demandante, puesto que la enfermedad se derivó de la exposición continuada al polvo de amianto entre 1955 y 1986, mientras el finado trabajó como oficial de fábrica en las instalaciones de Rocalla.

QUINTA SENTENCIA EN 2010

La sentencia dada a conocer este jueves es la quinta dictada en 2010 que, en total, reconoce una compensación económica para seis trabajadores que estuvieron expuestos al amianto.

El Colectivo Ronda ya proclamó en abril, cuando se dieron a conocer las otras cuatro sentencias –que indemnizaron a cinco trabajadores–, que "los trabajadores de Uralita S.A. no firmaron un contrato laboral sino su condena de muerte", al tiempo que se mostraron satisfechos por las sentencias, 40 años más tarde de que comenzase la lucha para demostrarlo.

Los abogados calculan que tienen unos 200 clientes afectados por el amianto entre Castelldefels y Cerdanyola, municipios donde se localizaban las empresas Uralita S.A. y Rocalla S.A., además de todos los afectados pasivos.