La nueva reforma financiera

La nueva reforma financiera

{mosimage}Todas las expectativas indican que, en otoño, los costes financieros de nuevas financiaciones para las empresas y particulares subirán y  habrá más restricciones de créditos. Por lo tanto, debemos prepararnos para situaciones todavía más críticas que la actual. En este próximo futuro se enmarca la recién aprobada REFORMA FINANCIERA, que nos afectará, en más o menos medida, a todos.  O lo que es lo mismo, aunque parezca imposible,  se acercan tiempos más difíciles todavía. Por razones de espacio intentaré explicar dos puntos clave que nos pueden afectar con la nueva Reforma Financiera recién aprobada:

¿PODRÁN LIQUIDARSE ENTIDADES FINANCIERAS?

El Real Decreto contempla tres posibles escenarios:

– Habrá entidades que se encuentren en disposición de cumplir con los requerimientos de liquidez y solvencia, o que, excepcionalmente, necesiten una inyección de capital vía bonos necesariamente convertibles. Estos bancos tendrán que presentar un plan de actuación de un máximo de tres meses al Banco de España en un plazo de 15 días desde el momento en que se informe al regulador de esta situación.
– La reestructuración bancaria es un proceso que tendrán que llevar a cabo las entidades que puedan ser viables gracias a las ayudas públicas. El Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (Frob) acudirá en su ayuda otorgando garantías y concediendo créditos. Estas entidades tendrán un plazo de cinco años para devolver los fondos públicos, que podrían ser ampliados a dos más si las condiciones lo aconsejaran.
– La reordenación de los bancos que sean inviables o que en un plazo razonable no pueden considerarse viables, se aplicará un proceso que contempla la posibilidad de venta del negocio, la transmisión de activos y pasivos a un banco puente o a una entidad gestora y el apoyo financiero a aquellos que adquieran el negocio. Si todo esto fuera insuficiente, se procedería a su liquidación mediante un proceso concursal.

¿QUÉ SOLUCIÓN OFRECE A LAS PARTICIPACIONES PREFERENTES?

Los inversores que hayan contratado participaciones preferentes o deuda subordinada de una entidad reestructurada o resuelta, perderán parte de la inversión. El Fondo y un experto independiente fijarán un “precio óptimo” de canje en función del precio de mercado, que en todos los casos será inferior al precio al que los inversores adquirieron los productos, y al que se le sumará un 10 % de su valor. Actualmente, las participaciones preferentes cotizan con descuentos que en algunos casos llegan al 70 % sobre su valor nominal. Ante este panorama, lo más recomendable es asesorarse adecuadamente a través de profesionales acreditados antes de tomar una decisión.

Pere Picó Arguedas.
Agente Bankinter – Castelldefels.