L´any 1.100 a C. un sacerdot d’Amon, de Karnak a Egipte, de nom Unamon, va escriure de les seves desgràcies viscudes a Biblos, a la costa fenícia. Humiliat, robat, amenaçat i perseguit per pirates, va rompre a plorar en aquella llunyana platja i va deixar un document de patètica tristor i d’enorme importància.
Ara fa 212 anys, a la platja de Castelldefels, entre les altes dunes, un altre foraster malaurat plorava la seva desgràcia. La seva història va acabar als tribunals i gràcies al fet que l’Arxiu Municipal de Castelldefels ha digitalitzat molts documents, he pogut llegir-lo (a pesar de la lletra i algunes faltes) i compartir amb vosaltres un resum d’aquest singular document.
L´home , que es deia Joan Mas, sembla que venia de Vilanova i la Geltrú i va signar un contracte d ´ arrendament d ´un hostal (mesón ) propietat de l´Ajuntament de Castelldefels . A Castelldefels en aquell temps només venien els malfactors de tot Espanya , que eren enviats a purgar delictes molt greus ,aquí la calor ,el paludisme ,els mosquits les aigües pantanoses els anaven liquidant ,era la Guaiana espanyola (la Mancomunitat de Catalunya va fer plantar la Pineda per assecar i sanejar el terreny ,a inicis del segle XX).El camí s ´ acabava aquí ,no es podia passar al Garraf si no en barca . El pobre hostaler havia signat per 3 anys i aviat va veure que per allí passava ben poca gent,a la gent li anava bé tenir un hostal funcionant ,un lloc on fer un got de vi i una partida de cartes ,i també celebracions ,era una gran millora per el poble ,però hi havia pocs guanys i havia de pagar el lloguer, això volia dir tenir pèrdues cada mes .

Van venir els primers “turistes” sorollosos i francesos , però era el malèvol exercit de Napoleó que va robar fins i tot les teranyines .L´home va voler aprofitar per rescindir el contracte ,però l ´Ajuntament el tenia agafat pels … “dallonses”, tenien interès a tenir el hostal funcionant però no el van recolzar gens ,al contrari, al ser un foraster, el van “cargolar viu” .
Quan l ´ home no va poder més , i es va cansar de plorar a la platja ,va portar a judici a l’Ajuntament .El seu discurs va ser tan sentit que el jutge va cridar l ´Ajuntament (i pintaven bastos! ). Com en el relat d’Unamon, ens manca el final ,la sentència ,però, és tan patètic que val la pena transcriure ´l en castellà tal com va ser fet el judici ,només he modernitzat alguna paraula i reconstruït alguna paraula dubtosa o que falta parcialment.
SÚPLICA DE JUAN MAS ARRENDATARIO DEL MESÓN DE CASTELLDEFELS

1-1-1810. Juan Mas arrendatario del Mesón del pueblo de Castelldefels con la mayor veneración expone a Vs que con la (ordenanza?)recibida en poder del secretario de dicho pueblo, al ayuntamiento de este le firmó Arriendo por el termino de tres años que empezaron el 1 de enero de 1808 y terminarán el ultimo (día) de diciembre del consiguiente año (1810) con los pactos y condiciones continuados (añadidos) en la tabla (pagina) insertada en dicha escritura.
De poco después de haberse firmado la referida escritura, sobrevino la entrada del ejército enemigo francés en la parte de Catalunya por cuyo motivo sucedió que a primeros de enero del año pasado, vino dicho ejército en este lugar de cuyas resultas hizo presente (el mesonero) a uno de los individuos del referido ayuntamiento que él no podía cumplir ni continuar el tal arriendo, respecto de que había de tener los comestibles necesarios para el abasto del mesón ,y teniéndolos estaban muy expuestos en ser tomados o robados por dicho ejército .
Al cabo de algún tiempo de lo referido, que era en últimos de febrero o primeros de marzo de dicho año citado ,volviese dicho ejército en el citado pueblo ,permaneciendo en el, por espacio de 8 días y medio, en cuyo tiempo tuvo el mesonero a la caballería enemiga en dicho mesón ,haciéndose dueña de toda la casa ,en tanto que fue preciso que él y su familia se marchasen, del citado mesón y cuando querían alguna cosa habían de pedir licencia a dichos enemigos en cuya ocasión despojaron al establecimiento tanto de comestibles como de ropa y alhajas .En vista de lo explicado a últimos de agosto del propio año el (mesonero) protestó al Ayuntamiento diciéndole que no quería continuar dicho arriendo por las razones resultadas (expuestas) y no lo quisieron oír si no que le respondieron que cumpliese los pactos del mismo arriendo y que pagase su precio.
Después en 11 de diciembre del mismo año ,volvió dicho ejército enemigo en el propio lugar de Castelldefels y permaneció por espacio de unas 24 horas , en cuyo tiempo saquearon y robaron la mayor parte de las casas y entre otras fue la del (mesonero) dejándole desnudo de todo y solo le quedó la ropa que llevaba sobre sí de cuyas resultas hizo súplica a dicho ayuntamiento que no podía ya continuar más el tal arriendo. Respecto de haberle dicho esto, robado todo y por ningún modo podía cumplir con los pactos del arriendo ,a lo que respondió (el ayuntamiento ) que acabase el año.
De resultas de haber cumplido el año como pidió el ayuntamiento,(y) no le había expresado cosa alguna , a los 2 de enero (1809) del nuevo año fue a encontrar al sr. Reg(idor?) Decano diciéndole que una vez que finalizado el año y el ayuntamiento no le había expresado cosa alguna ,por consiguiente fuese a la casa de la tienda ,en donde encontraría las llaves del mesón y que él cuidase de entregarlas al ayuntamiento, advirtiéndole que si ocurriese alguna novedad, enviase decírselo en Sitges ,o Villanueva (i la Geltrú ) que allí lo encontrarían ,en vista de lo que al cabo de tres o cuatro días ,fue enviado a buscar en Villanueva ,por orden del ayuntamiento y enseguida comparezco en dicho pueblo y me persono en dicho ayuntamiento ,y este le pedía que volviese al mesón ,y entonces el aquí presente respondió que se habían de hacer nuevos pactos (de lo contrario) no se podía cumplir debido a los pocos viajeros que se detenían en nuestro mesón y también por la mucha exposición que tenían todos los días a ser robados sus comestibles por dicho ejército enemigo ,como le ha sucedido en las otras veces a lo que se le respondió que ya se compondría (se arreglaría).
En seguida el (aquí) presente se volvió en el citado mesón y viendo que dicho ayuntamiento no le hablaba cosa alguna sobre la mejoría de los pactos y también viendo que no daban permiso para traer comestibles (a) dicho pueblo a los 24 de febrero protestó el aquí (presente) al ayuntamiento en presencia de Antonio Tuxart , labrador del mismo pueblo que no quería en modo alguno continuar con dicho arriendo.
En vista de todo lo referido y de haber siempre el (aquí) presente cumplido con los pagos de dicho arrendamiento, y con los pactos de él ,no obstante de sus muchas desgracias y perdidas, de cuyos recibos le quemaron parte ,como también otros papeles por los dichos enemigos es el motivo de hacer el presente recurso y cansar(?) la atención de ustedes ,para que se apiade de las muchas razones que asisten al suplicante y de su fatal situación .
Por lo que pide y suplica se sirva ud. informarse por dicho ayuntamiento de todo lo referido en este recurso y de su resultado se haga la bondad de mandar a dicho ayuntamiento que exima al suplicante de la continuación de dicho arriendo. Gracia que espera de la notoria benignidad y justicia de Uds.
Castelldefels a 28 de abril de 1810
Por Juan Más que ha dicho no saber de escribir (y)con su consentimiento y presencia firmo
Ramón Font
TARRAGONA 8 DE MAYO DE 1810
Informe al sr. Contador p(rovincia)l ? de propios, lo que se le ofrezca y parezca
Barata
Deben V S.S. servirse dirigir de oficio este (re)curso al ayuntamiento y Junta de propios de la villa de Castelldefels ,para que en su vista informe aV.S.S. a continuación sobre todas las circunstancias que hayan ocurrido en el pago del mesón …..puede…..exponerse en este recurso
TARRAGONA 11 DE MAYO DE 1810 (firma )Vulon
TARRAGONA 17 DE MAYO DE 1810
El ayuntamiento y Junta de la villa de Castelldefels me puntualizará el informe de que trata el anuncia(do) dictamen? del sr. Contador P(rovincia)l de Prgs
(Firma ) Barata
Castelldefels 11-junio-1810
Vista la presente ,se ha juntado (a) todos los individuos de los “Justicias “que fueron en el año 1808 y los del año 1809 y han declarado los del pasado que todo el año 1808 no tiene el (mesonero) excusa alguna ni motivo por no pagar dicho arrendamiento y todavía está debiendo mucha parte de él ,los censos y censales .
En el año 1809 a 13 de enero vinieron las tropas francesas por la contribución del trigo ,a quien estuvieron alojados 5 días ,pero no robaron nada (COMMMM?????QUINA BARRA ¡!)
A él (mesonero)ni le causaron ningún perjuicio. En cuanto al dia 11 de diciembre ,las tropas enemigas vinieron a saquear ,es verdad pero a todo el pueblo pillaron y por eso no se han afranquesado(deixat de pagar) de nada y está debiendo el (mesonero) el arriendo ,los censos y censales .
En cuanto al presente año no hay ningún motivo ni causa que le excuse el pagar todo el arriendo .
En cuanto haberle quemado los papeles no se sabe si es verdad o no.
Todos los demás arrendatarios del pueblo han cumplido los arriendos (excep)to el (mesonero).De todo esto (nosotros )debemos informar